Fuga de aceite

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Fuga de aceite

Mensaje por 10anton10 »

Buenas, mi mujer se ha comprado un clio de 2003 con 1.5 de 65cv y me he dado cuenta que pierde aceite por una parte del motor.

Os dejo unas fotos a ver si sabeis que puede ser, como se puede ver chorrea por varios lados.
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pepeferretero
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por pepeferretero »

Parece la junta de culata.

Llévalo a un taller o te quedas sin motor.

Un saludo.
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por NeTcUcO »

yo también diría que parece junta de culata...
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por 10anton10 »

Pues que mala suerte, en solo 2 semanas desde que compro el coche se ha roto primero el alternador, luego el sensor del cigueñal y ahora la culata...

Menos mal que era comprado a un compraventa con garantia de un año y de momento se esta haciendo cargo de todo.
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por pepeferretero »

Si fuese un particular, tambien tendría que hacerse cargo los primeros 6 meses, salvo que antes de comprarlo, te indicase los fallos que tiene.

Un saludo.
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por NeTcUcO »

pepeferretero escribió: 15 Nov 2022, 10:08 Si fuese un particular, tambien tendría que hacerse cargo los primeros 6 meses, salvo que antes de comprarlo, te indicase los fallos que tiene.

Un saludo.
Que va, para nada.

Los particulares no están obligados a ofrecer ni un solo minuto de garantía, y si lo consideras vicio oculto...al juzgado a demostrarlo y que te den o no la razón...
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por pepeferretero »

NeTcUcO escribió: 22 Nov 2022, 10:23
pepeferretero escribió: 15 Nov 2022, 10:08 Si fuese un particular, tambien tendría que hacerse cargo los primeros 6 meses, salvo que antes de comprarlo, te indicase los fallos que tiene.

Un saludo.
Que va, para nada.

Los particulares no están obligados a ofrecer ni un solo minuto de garantía, y si lo consideras vicio oculto...al juzgado a demostrarlo y que te den o no la razón...
Error:
Según la legislación vigente. siempre es obligatorio dar garantía al vender un coche entre particulares. El Artículo 1484 del Código Civil (que puedes encontrar en el título sobre el «Contrato de compraventa») establece la garantía legal de conformidad para bienes usados, coches y motos de segunda mano incluidos.
Si compras un coche usado a un particular, la garantía de conformidad es de 6 meses.
Tanto en el caso de compra a un profesional como a un particular, si el coche usado no se ajustara al contrato de compraventa, el consumidor tiene derecho a los siguientes recursos:

reparación (sin gastos por el comprador);
sustitución (con un vehículo de condiciones iguales o similares);
reducción sustancial y proporcionada del precio de compra;
resolución y anulación del contrato de compraventa.
La reparación y la sustitución deben realizarse sin costo para el comprador y dentro de un tiempo razonable. Naturalmente, dada la naturaleza del bien usado del vehículo, en el caso de que no sea posible, por ejemplo, encontrar una pieza de repuesto usada que cumpla con la antigüedad y el uso anterior del vehículo, el vendedor puede solicitar una participación en el costo de compra del vehículo repuesto nuevo.

Si las dos primeras opciones resultan impracticables o excesivamente gravosas para el vendedor, se podrá solicitar una bajada del precio o la resolución del contrato. En este caso, se deberá tener en cuenta el uso que el consumidor haya hecho del vehículo.

Y no hace ni 6 meses, un amigo compró un Suzuki Vitara, que en palabras del dueño "está perfecto", y de perfecto nada, así que llamada al antiguo propietario que se puso chuleta, decía que no tenía que dar garantía ni arreglar nada. Nos fuimos a la oficina del consumidor (que es gratis), desde allí se hizo la llamada al chuletas, se le indicó punto por punto la legislación vigente y vaya si recogió el coche. Se lo comió con patatas :lol: .

Así que si tu quieres, NetCuco, o cualquier otro usuario comerte un coche roto por comprar a un particular, es porque quieres.

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Re: Fuga de aceite

Mensaje por NeTcUcO »

pepeferretero escribió: 22 Nov 2022, 10:30
NeTcUcO escribió: 22 Nov 2022, 10:23
pepeferretero escribió: 15 Nov 2022, 10:08 Si fuese un particular, tambien tendría que hacerse cargo los primeros 6 meses, salvo que antes de comprarlo, te indicase los fallos que tiene.

Un saludo.
Que va, para nada.

Los particulares no están obligados a ofrecer ni un solo minuto de garantía, y si lo consideras vicio oculto...al juzgado a demostrarlo y que te den o no la razón...
Error:
Según la legislación vigente. siempre es obligatorio dar garantía al vender un coche entre particulares. El Artículo 1484 del Código Civil (que puedes encontrar en el título sobre el «Contrato de compraventa») establece la garantía legal de conformidad para bienes usados, coches y motos de segunda mano incluidos.
Si compras un coche usado a un particular, la garantía de conformidad es de 6 meses.
Tanto en el caso de compra a un profesional como a un particular, si el coche usado no se ajustara al contrato de compraventa, el consumidor tiene derecho a los siguientes recursos:

reparación (sin gastos por el comprador);
sustitución (con un vehículo de condiciones iguales o similares);
reducción sustancial y proporcionada del precio de compra;
resolución y anulación del contrato de compraventa.
La reparación y la sustitución deben realizarse sin costo para el comprador y dentro de un tiempo razonable. Naturalmente, dada la naturaleza del bien usado del vehículo, en el caso de que no sea posible, por ejemplo, encontrar una pieza de repuesto usada que cumpla con la antigüedad y el uso anterior del vehículo, el vendedor puede solicitar una participación en el costo de compra del vehículo repuesto nuevo.

Si las dos primeras opciones resultan impracticables o excesivamente gravosas para el vendedor, se podrá solicitar una bajada del precio o la resolución del contrato. En este caso, se deberá tener en cuenta el uso que el consumidor haya hecho del vehículo.

Y no hace ni 6 meses, un amigo compró un Suzuki Vitara, que en palabras del dueño "está perfecto", y de perfecto nada, así que llamada al antiguo propietario que se puso chuleta, decía que no tenía que dar garantía ni arreglar nada. Nos fuimos a la oficina del consumidor (que es gratis), desde allí se hizo la llamada al chuletas, se le indicó punto por punto la legislación vigente y vaya si recogió el coche. Se lo comió con patatas :lol: .

Así que si tu quieres, NetCuco, o cualquier otro usuario comerte un coche roto por comprar a un particular, es porque quieres.

Un saludo.
Con especificar en el contrato de compraventa que el coche se entrega tal cual y que el comprador acepta lo que hay sin hacerse responsable el vendedor...

Le deseo suerte al comprador en caso de que pasase algo.

Me viene a mi el del caso del Vitara, y de la oficina del consumidor, y las risas llegan a Rusia.

Al juzgado, y suerte de que encima no le salga a pagar.
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por pepeferretero »

NeTcUcO escribió: 22 Nov 2022, 11:40
pepeferretero escribió: 22 Nov 2022, 10:30
NeTcUcO escribió: 22 Nov 2022, 10:23
pepeferretero escribió: 15 Nov 2022, 10:08 Si fuese un particular, tambien tendría que hacerse cargo los primeros 6 meses, salvo que antes de comprarlo, te indicase los fallos que tiene.

Un saludo.
Que va, para nada.

Los particulares no están obligados a ofrecer ni un solo minuto de garantía, y si lo consideras vicio oculto...al juzgado a demostrarlo y que te den o no la razón...
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Según la legislación vigente. siempre es obligatorio dar garantía al vender un coche entre particulares. El Artículo 1484 del Código Civil (que puedes encontrar en el título sobre el «Contrato de compraventa») establece la garantía legal de conformidad para bienes usados, coches y motos de segunda mano incluidos.
Si compras un coche usado a un particular, la garantía de conformidad es de 6 meses.
Tanto en el caso de compra a un profesional como a un particular, si el coche usado no se ajustara al contrato de compraventa, el consumidor tiene derecho a los siguientes recursos:

reparación (sin gastos por el comprador);
sustitución (con un vehículo de condiciones iguales o similares);
reducción sustancial y proporcionada del precio de compra;
resolución y anulación del contrato de compraventa.
La reparación y la sustitución deben realizarse sin costo para el comprador y dentro de un tiempo razonable. Naturalmente, dada la naturaleza del bien usado del vehículo, en el caso de que no sea posible, por ejemplo, encontrar una pieza de repuesto usada que cumpla con la antigüedad y el uso anterior del vehículo, el vendedor puede solicitar una participación en el costo de compra del vehículo repuesto nuevo.

Si las dos primeras opciones resultan impracticables o excesivamente gravosas para el vendedor, se podrá solicitar una bajada del precio o la resolución del contrato. En este caso, se deberá tener en cuenta el uso que el consumidor haya hecho del vehículo.

Y no hace ni 6 meses, un amigo compró un Suzuki Vitara, que en palabras del dueño "está perfecto", y de perfecto nada, así que llamada al antiguo propietario que se puso chuleta, decía que no tenía que dar garantía ni arreglar nada. Nos fuimos a la oficina del consumidor (que es gratis), desde allí se hizo la llamada al chuletas, se le indicó punto por punto la legislación vigente y vaya si recogió el coche. Se lo comió con patatas :lol: .

Así que si tu quieres, NetCuco, o cualquier otro usuario comerte un coche roto por comprar a un particular, es porque quieres.

Un saludo.
Con especificar en el contrato de compraventa que el coche se entrega tal cual y que el comprador acepta lo que hay sin hacerse responsable el vendedor...

Le deseo suerte al comprador en caso de que pasase algo.

Me viene a mi el del caso del Vitara, y de la oficina del consumidor, y las risas llegan a Rusia.

Al juzgado, y suerte de que encima no le salga a pagar.
Especificar en el contrato no sirve, y las risas del otro también llegaron a rusia, y luego el llanto también... :qmeparto:

No vayas de Listo NetCuco. He visto mil como tú ir de chulos y luego cagarse encima. :qmeparto:

Un saludo.
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por NeTcUcO »

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Re: Fuga de aceite

Mensaje por JoseMVV »

pepeferretero escribió: 23 Nov 2022, 11:32
NeTcUcO escribió: 22 Nov 2022, 11:40
pepeferretero escribió: 22 Nov 2022, 10:30
NeTcUcO escribió: 22 Nov 2022, 10:23
pepeferretero escribió: 15 Nov 2022, 10:08 Si fuese un particular, tambien tendría que hacerse cargo los primeros 6 meses, salvo que antes de comprarlo, te indicase los fallos que tiene.

Un saludo.
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Los particulares no están obligados a ofrecer ni un solo minuto de garantía, y si lo consideras vicio oculto...al juzgado a demostrarlo y que te den o no la razón...
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Según la legislación vigente. siempre es obligatorio dar garantía al vender un coche entre particulares. El Artículo 1484 del Código Civil (que puedes encontrar en el título sobre el «Contrato de compraventa») establece la garantía legal de conformidad para bienes usados, coches y motos de segunda mano incluidos.
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Tanto en el caso de compra a un profesional como a un particular, si el coche usado no se ajustara al contrato de compraventa, el consumidor tiene derecho a los siguientes recursos:

reparación (sin gastos por el comprador);
sustitución (con un vehículo de condiciones iguales o similares);
reducción sustancial y proporcionada del precio de compra;
resolución y anulación del contrato de compraventa.
La reparación y la sustitución deben realizarse sin costo para el comprador y dentro de un tiempo razonable. Naturalmente, dada la naturaleza del bien usado del vehículo, en el caso de que no sea posible, por ejemplo, encontrar una pieza de repuesto usada que cumpla con la antigüedad y el uso anterior del vehículo, el vendedor puede solicitar una participación en el costo de compra del vehículo repuesto nuevo.

Si las dos primeras opciones resultan impracticables o excesivamente gravosas para el vendedor, se podrá solicitar una bajada del precio o la resolución del contrato. En este caso, se deberá tener en cuenta el uso que el consumidor haya hecho del vehículo.

Y no hace ni 6 meses, un amigo compró un Suzuki Vitara, que en palabras del dueño "está perfecto", y de perfecto nada, así que llamada al antiguo propietario que se puso chuleta, decía que no tenía que dar garantía ni arreglar nada. Nos fuimos a la oficina del consumidor (que es gratis), desde allí se hizo la llamada al chuletas, se le indicó punto por punto la legislación vigente y vaya si recogió el coche. Se lo comió con patatas :lol: .

Así que si tu quieres, NetCuco, o cualquier otro usuario comerte un coche roto por comprar a un particular, es porque quieres.

Un saludo.
Con especificar en el contrato de compraventa que el coche se entrega tal cual y que el comprador acepta lo que hay sin hacerse responsable el vendedor...

Le deseo suerte al comprador en caso de que pasase algo.

Me viene a mi el del caso del Vitara, y de la oficina del consumidor, y las risas llegan a Rusia.

Al juzgado, y suerte de que encima no le salga a pagar.
Especificar en el contrato no sirve, y las risas del otro también llegaron a rusia, y luego el llanto también... :qmeparto:

No vayas de Listo NetCuco. He visto mil como tú ir de chulos y luego cagarse encima. :qmeparto:

Un saludo.
Vamos a ver vamos a ver... los particulares NO tienen que dar garantia...
Solo tienen que hacerse cargo de las averias cuando sea evidente o se pueda evidenciar que en el momento de la venta el coche ya tenía esa avería...
Por ejemplo:
Un poro en una culata que consume refrigerante y cuando abres ves el poro lleno de incrutaciones que bien sabemos que no se hacen en un dia ni en dos... Paga vendedor
Una rotura de turbo provocada por un sistema de engrase desgastado que no da suficiente presión... Paga vendedor
Una cerradura que se rompe sin haber dado antes ningun sintoma de que fuera a rompese, paga comprador.
Un inyector que se rompe y perfora un pistón, paga comprador.

Luego hay cosas mucho mas ambiguas donde si o si toca peritar, toca juicios y como dice NetCuco, es un jaleo...

Estos son temas delicados y no todo es blanco o negro hay mil grises...

Que mantenimientos ha hecho el propietario anterior?
Que mantenimientos ha hecho el nuevo propietario?
Que facturas/mantenimientos se han reflejado en contrato?
El mantenimiento previo a la venta es el correcto?
Si no lo es, tiene relación con la averia?
Que problemas se han reflejado en el contrato?
Donde se han realizado esos mantenimiento?
Esos mantenimientos estan en garantía?
Si es así quien se responsabiliza taller o vendedor?
Que problema es?
El problema es típico en ese coche aun llevando bien los mantenimientos? (por ej casquillos 1.5dci, culatazo peugeot 1.4i, ibiza que arde, cadenazo de BMW 2.0d)
Se puede provocar ese problema por mal uso?
Un taller revisó el coche durante la compraventa?
Ha pasado la ultima ITV y es reciente? (problemas de fugas, holguras si detectan)
El vehículo ha sufrido algún golpe desde su venta?
Se ha instalado algún accesorio? (Equipo de musica que rompe alternador por ej)
Se ha usado el coche en condiciones climaticas extremas donde ese fallo no podia verse en condiciones normales?
Donde ha repostado el coche?
El estado del combustible en el depósito es el normal? Contiene agua? contiene otros combustibles?

Y un ENORME etc que solo un períto y de los buenos, competente y con ganas sería capaz de resolver.
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por JoseMVV »

pepeferretero escribió: 22 Nov 2022, 10:30
NeTcUcO escribió: 22 Nov 2022, 10:23
pepeferretero escribió: 15 Nov 2022, 10:08 Si fuese un particular, tambien tendría que hacerse cargo los primeros 6 meses, salvo que antes de comprarlo, te indicase los fallos que tiene.

Un saludo.
Que va, para nada.

Los particulares no están obligados a ofrecer ni un solo minuto de garantía, y si lo consideras vicio oculto...al juzgado a demostrarlo y que te den o no la razón...
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Según la legislación vigente. siempre es obligatorio dar garantía al vender un coche entre particulares. El Artículo 1484 del Código Civil (que puedes encontrar en el título sobre el «Contrato de compraventa») establece la garantía legal de conformidad para bienes usados, coches y motos de segunda mano incluidos.
Si compras un coche usado a un particular, la garantía de conformidad es de 6 meses.
Tanto en el caso de compra a un profesional como a un particular, si el coche usado no se ajustara al contrato de compraventa, el consumidor tiene derecho a los siguientes recursos:

reparación (sin gastos por el comprador);
sustitución (con un vehículo de condiciones iguales o similares);
reducción sustancial y proporcionada del precio de compra;
resolución y anulación del contrato de compraventa.
La reparación y la sustitución deben realizarse sin costo para el comprador y dentro de un tiempo razonable. Naturalmente, dada la naturaleza del bien usado del vehículo, en el caso de que no sea posible, por ejemplo, encontrar una pieza de repuesto usada que cumpla con la antigüedad y el uso anterior del vehículo, el vendedor puede solicitar una participación en el costo de compra del vehículo repuesto nuevo.

Si las dos primeras opciones resultan impracticables o excesivamente gravosas para el vendedor, se podrá solicitar una bajada del precio o la resolución del contrato. En este caso, se deberá tener en cuenta el uso que el consumidor haya hecho del vehículo.

Y no hace ni 6 meses, un amigo compró un Suzuki Vitara, que en palabras del dueño "está perfecto", y de perfecto nada, así que llamada al antiguo propietario que se puso chuleta, decía que no tenía que dar garantía ni arreglar nada. Nos fuimos a la oficina del consumidor (que es gratis), desde allí se hizo la llamada al chuletas, se le indicó punto por punto la legislación vigente y vaya si recogió el coche. Se lo comió con patatas :lol: .

Así que si tu quieres, NetCuco, o cualquier otro usuario comerte un coche roto por comprar a un particular, es porque quieres.

Un saludo.
Suerte la tuya que se la comió doblada, por que para tu ser "consumidor" de su "producto" el tiene que ser vendedor profesional, si NO lo es, no tiene por que regirse por el código del consumidor... lo que pasa es que se acojonó y probablemente no quería problemas...
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por pepeferretero »

JoseMVV escribió: 26 Ene 2023, 09:51
pepeferretero escribió: 22 Nov 2022, 10:30
NeTcUcO escribió: 22 Nov 2022, 10:23
pepeferretero escribió: 15 Nov 2022, 10:08 Si fuese un particular, tambien tendría que hacerse cargo los primeros 6 meses, salvo que antes de comprarlo, te indicase los fallos que tiene.

Un saludo.
Que va, para nada.

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Si compras un coche usado a un particular, la garantía de conformidad es de 6 meses.
Tanto en el caso de compra a un profesional como a un particular, si el coche usado no se ajustara al contrato de compraventa, el consumidor tiene derecho a los siguientes recursos:

reparación (sin gastos por el comprador);
sustitución (con un vehículo de condiciones iguales o similares);
reducción sustancial y proporcionada del precio de compra;
resolución y anulación del contrato de compraventa.
La reparación y la sustitución deben realizarse sin costo para el comprador y dentro de un tiempo razonable. Naturalmente, dada la naturaleza del bien usado del vehículo, en el caso de que no sea posible, por ejemplo, encontrar una pieza de repuesto usada que cumpla con la antigüedad y el uso anterior del vehículo, el vendedor puede solicitar una participación en el costo de compra del vehículo repuesto nuevo.

Si las dos primeras opciones resultan impracticables o excesivamente gravosas para el vendedor, se podrá solicitar una bajada del precio o la resolución del contrato. En este caso, se deberá tener en cuenta el uso que el consumidor haya hecho del vehículo.

Y no hace ni 6 meses, un amigo compró un Suzuki Vitara, que en palabras del dueño "está perfecto", y de perfecto nada, así que llamada al antiguo propietario que se puso chuleta, decía que no tenía que dar garantía ni arreglar nada. Nos fuimos a la oficina del consumidor (que es gratis), desde allí se hizo la llamada al chuletas, se le indicó punto por punto la legislación vigente y vaya si recogió el coche. Se lo comió con patatas :lol: .

Así que si tu quieres, NetCuco, o cualquier otro usuario comerte un coche roto por comprar a un particular, es porque quieres.

Un saludo.
Suerte la tuya que se la comió doblada, por que para tu ser "consumidor" de su "producto" el tiene que ser vendedor profesional, si NO lo es, no tiene por que regirse por el código del consumidor... lo que pasa es que se acojonó y probablemente no quería problemas...
No hace falta ser "vendedor profesional", para que la ley de compraventa te ampare Jose.
Incluso si indicas en el contrato que el vendedor no se hace cargo, pero hay un vicio oculto que no se comunica al comprador, la ley te ampara por actuar de "mala fé" el vendedor.

Que luego la gente no haga nada, bien porque no está bien informada o porque no quiera meterse en problemas, pues que no se queje.

Lo que no hay que hacer es quedarse con los brazos cruzados, sobre todo si la cosa es grave por creer que al comprar a un particular no tenemos derecho a nada. Si hay derechos, que podemos reclamar.
Y luego, si vendemos como particulares, pensar que estamos libres de toda culpa. Error.

Un saludo, y felicidades por todo el trabajo que estás haciendo al Clio, para quitarse el sombrero.
Última edición por pepeferretero el 26 Ene 2023, 10:28, editado 1 vez en total.
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por JoseMVV »

pepeferretero escribió: 26 Ene 2023, 10:06
JoseMVV escribió: 26 Ene 2023, 09:51
pepeferretero escribió: 22 Nov 2022, 10:30
NeTcUcO escribió: 22 Nov 2022, 10:23
pepeferretero escribió: 15 Nov 2022, 10:08 Si fuese un particular, tambien tendría que hacerse cargo los primeros 6 meses, salvo que antes de comprarlo, te indicase los fallos que tiene.

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resolución y anulación del contrato de compraventa.
La reparación y la sustitución deben realizarse sin costo para el comprador y dentro de un tiempo razonable. Naturalmente, dada la naturaleza del bien usado del vehículo, en el caso de que no sea posible, por ejemplo, encontrar una pieza de repuesto usada que cumpla con la antigüedad y el uso anterior del vehículo, el vendedor puede solicitar una participación en el costo de compra del vehículo repuesto nuevo.

Si las dos primeras opciones resultan impracticables o excesivamente gravosas para el vendedor, se podrá solicitar una bajada del precio o la resolución del contrato. En este caso, se deberá tener en cuenta el uso que el consumidor haya hecho del vehículo.

Y no hace ni 6 meses, un amigo compró un Suzuki Vitara, que en palabras del dueño "está perfecto", y de perfecto nada, así que llamada al antiguo propietario que se puso chuleta, decía que no tenía que dar garantía ni arreglar nada. Nos fuimos a la oficina del consumidor (que es gratis), desde allí se hizo la llamada al chuletas, se le indicó punto por punto la legislación vigente y vaya si recogió el coche. Se lo comió con patatas :lol: .

Así que si tu quieres, NetCuco, o cualquier otro usuario comerte un coche roto por comprar a un particular, es porque quieres.

Un saludo.
Suerte la tuya que se la comió doblada, por que para tu ser "consumidor" de su "producto" el tiene que ser vendedor profesional, si NO lo es, no tiene por que regirse por el código del consumidor... lo que pasa es que se acojonó y probablemente no quería problemas...
No hace falta ser "vendedor profesional", para que la ley de compraventa te ampare Jose.
Incluso si indicas en el contrato que el vendedor no se hace cargo, pero hay un vicio oculto que no se comunica al comprador, la ley te ampara por actuar de "mala fé" el vendedor.

Que luego la gente no haga nada, bien porque no está bien informada o porque no quiera meterse en problemas, pues que no se queje.

Personalmente no me gusta quedarme de brazos cruzados.

Un saludo, y felicidades por todo el trabajo que estás haciendo al Clio, para quitarse el sombrero.
Por supuesto no hay que ser profesional para que la ley te ampare, pero lo hace de otra forma distinta, al final un particular que vende un coche no se dedica a ello, no gana dinero con ello, no es un negocio, no existe una relación "vendedor-cliente" y efectivamente, no puedes poner en el contrato "no me hago cargo de vicios oculto", bueno lo puedes poner pero no sirve por que va contra la ley...
El problema es que lo ques vicio y lo que no, es MUY ambiguo, tan ambiguo como segun las respuestas que des a la retaila de preguntas que he puesto, las que me falta y sus posibles interpretaciones.
Y por supuesto no hay que quedarse de brazos cruzados por que así nos va que nos la estan colando dia si dia también, pero a veces los coches se rompen y no es culpa de nadie... a veces pasa...Yo en mi Laguna (ejemplo de cohce no modificado) , pongo aceites de 70€ la botella (Ravenol), cambios de aceite un 30-35% antes de lo que dice el fabricante, cada 12-14 meses como mucho, en un mes le voy a cambiar la correa de accesorios, junto con el kit de tensores cosa que no hace nadie hasta que no chillan, cambio el aceite de la caja cada 100.000, cosa que ni está en el mantenimiento... si mañana vendo ese coche y en dos meses pega un bielazo, evidentemente no sería culpa mia, por mantenimiento no va a ser y por vicio oculto tampoco, pero es algo que puede pasar... crees que seria razonable que yo pagase?

Otra cosa es lo que hizo un amigo... con un BMW, hace un año le dije tu cadena va a pegar el cadenazo (apenas sonaba, era ínfimo), lo llevó a dos talleres le dijeron que estaba bien, que no pasaba nada, hace 2 meses le empezó a sonar fuerte, cambió el aceite, le puso un aditivo, el ruido se calmó, vendió el coche y a las pocas semanas el nuevo dueño se puso la cadena de corbata... eso si es razonable que mi amigo pague o se coma el coche...

Muchas gracias!!
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Re: Fuga de aceite

Mensaje por pepeferretero »

JoseMVV escribió: 26 Ene 2023, 10:23
pepeferretero escribió: 26 Ene 2023, 10:06
JoseMVV escribió: 26 Ene 2023, 09:51
pepeferretero escribió: 22 Nov 2022, 10:30
NeTcUcO escribió: 22 Nov 2022, 10:23
pepeferretero escribió: 15 Nov 2022, 10:08 Si fuese un particular, tambien tendría que hacerse cargo los primeros 6 meses, salvo que antes de comprarlo, te indicase los fallos que tiene.

Un saludo.
Que va, para nada.

Los particulares no están obligados a ofrecer ni un solo minuto de garantía, y si lo consideras vicio oculto...al juzgado a demostrarlo y que te den o no la razón...
Error:
Según la legislación vigente. siempre es obligatorio dar garantía al vender un coche entre particulares. El Artículo 1484 del Código Civil (que puedes encontrar en el título sobre el «Contrato de compraventa») establece la garantía legal de conformidad para bienes usados, coches y motos de segunda mano incluidos.
Si compras un coche usado a un particular, la garantía de conformidad es de 6 meses.
Tanto en el caso de compra a un profesional como a un particular, si el coche usado no se ajustara al contrato de compraventa, el consumidor tiene derecho a los siguientes recursos:

reparación (sin gastos por el comprador);
sustitución (con un vehículo de condiciones iguales o similares);
reducción sustancial y proporcionada del precio de compra;
resolución y anulación del contrato de compraventa.
La reparación y la sustitución deben realizarse sin costo para el comprador y dentro de un tiempo razonable. Naturalmente, dada la naturaleza del bien usado del vehículo, en el caso de que no sea posible, por ejemplo, encontrar una pieza de repuesto usada que cumpla con la antigüedad y el uso anterior del vehículo, el vendedor puede solicitar una participación en el costo de compra del vehículo repuesto nuevo.

Si las dos primeras opciones resultan impracticables o excesivamente gravosas para el vendedor, se podrá solicitar una bajada del precio o la resolución del contrato. En este caso, se deberá tener en cuenta el uso que el consumidor haya hecho del vehículo.

Y no hace ni 6 meses, un amigo compró un Suzuki Vitara, que en palabras del dueño "está perfecto", y de perfecto nada, así que llamada al antiguo propietario que se puso chuleta, decía que no tenía que dar garantía ni arreglar nada. Nos fuimos a la oficina del consumidor (que es gratis), desde allí se hizo la llamada al chuletas, se le indicó punto por punto la legislación vigente y vaya si recogió el coche. Se lo comió con patatas :lol: .

Así que si tu quieres, NetCuco, o cualquier otro usuario comerte un coche roto por comprar a un particular, es porque quieres.

Un saludo.
Suerte la tuya que se la comió doblada, por que para tu ser "consumidor" de su "producto" el tiene que ser vendedor profesional, si NO lo es, no tiene por que regirse por el código del consumidor... lo que pasa es que se acojonó y probablemente no quería problemas...
No hace falta ser "vendedor profesional", para que la ley de compraventa te ampare Jose.
Incluso si indicas en el contrato que el vendedor no se hace cargo, pero hay un vicio oculto que no se comunica al comprador, la ley te ampara por actuar de "mala fé" el vendedor.

Que luego la gente no haga nada, bien porque no está bien informada o porque no quiera meterse en problemas, pues que no se queje.

Personalmente no me gusta quedarme de brazos cruzados.

Un saludo, y felicidades por todo el trabajo que estás haciendo al Clio, para quitarse el sombrero.
Por supuesto no hay que ser profesional para que la ley te ampare, pero lo hace de otra forma distinta, al final un particular que vende un coche no se dedica a ello, no gana dinero con ello, no es un negocio, no existe una relación "vendedor-cliente" y efectivamente, no puedes poner en el contrato "no me hago cargo de vicios oculto", bueno lo puedes poner pero no sirve por que va contra la ley...
El problema es que lo ques vicio y lo que no, es MUY ambiguo, tan ambiguo como segun las respuestas que des a la retaila de preguntas que he puesto, las que me falta y sus posibles interpretaciones.
Y por supuesto no hay que quedarse de brazos cruzados por que así nos va que nos la estan colando dia si dia también, pero a veces los coches se rompen y no es culpa de nadie... a veces pasa...Yo en mi Laguna (ejemplo de cohce no modificado) , pongo aceites de 70€ la botella (Ravenol), cambios de aceite un 30-35% antes de lo que dice el fabricante, cada 12-14 meses como mucho, en un mes le voy a cambiar la correa de accesorios, junto con el kit de tensores cosa que no hace nadie hasta que no chillan, cambio el aceite de la caja cada 100.000, cosa que ni está en el mantenimiento... si mañana vendo ese coche y en dos meses pega un bielazo, evidentemente no sería culpa mia, por mantenimiento no va a ser y por vicio oculto tampoco, pero es algo que puede pasar... crees que seria razonable que yo pagase?

Otra cosa es lo que hizo un amigo... con un BMW, hace un año le dije tu cadena va a pegar el cadenazo (apenas sonaba, era ínfimo), lo llevó a dos talleres le dijeron que estaba bien, que no pasaba nada, hace 2 meses le empezó a sonar fuerte, cambió el aceite, le puso un aditivo, el ruido se calmó, vendió el coche y a las pocas semanas el nuevo dueño se puso la cadena de corbata... eso si es razonable que mi amigo pague o se coma el coche...

Muchas gracias!!
A ver, lo primero no es vicio oculto, ya que tú no puedes saber que la biela va a romper.
Pero lo de tu amigo sí lo és, y actuó de mala fé, con lo cual, es totalmente razonable que pague la reparación.

Por cierto, sube unas fotacas del motoraco que estás montando, que me sudan las manos solo de pensar como suena.. :D
Con el Renault 5 Maxiturbo se te ponían de corbata, así textualmente. Carlos Sainz.
"Los hombres buenos se suicidan, los valientes se casan y mueren lentamente"

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